Publicado el 20/03/2019 Categoría: Actualidad

Retirada del Reino Unido y normas de la unión en materia de licencias de importación y exportación de determinadas mercancías



Habida cuenta de las considerables incertidumbres, en particular en lo que se refiere al contenido de un posible acuerdo de retirada, se recuerda a las partes interesadas dedicadas al traslado de mercancías sujetas a licencias de importación o exportación, o que puedan ser objeto de licencias de importación o exportación a partir de la fecha de su retirada, los efectos jurídicos que se deben tener en cuenta cuando el propio Reino Unido se convierta en un tercer país.

 

Sin perjuicio de cualquier disposición transitoria que pueda figurar en un posible acuerdo de retirada, a partir de la fecha de retirada, se aplicará lo siguiente con respecto a las licencias de importación o exportación, en el caso de los traslados de mercancías con origen o destino en terceros países, incluido el Reino Unido

 

( Documento Importación y exportación ). Fuente: Comisión Europea.

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